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A que juega, o a que se dedica, la Junta Electoral de  la RFEV y el equipo jurídico  que la asesora

Hasta el momento, a pesar de haber recibió varios escritos y recursos, la Junta Electoral no ha publicado en la web de la RFEV ninguna resolución.

La parálisis o papelón de la Junta Electoral que además cuenta con apoyo jurídico, de profesionales tal y como reza el punto 3 del acta nº 1 de la misma y como profesionales cobran por ello , no debería dejar a nadie indiferente,

En un país, como es el nuestro, en el que se pretende regular absolutamente todo con un sinnúmero de normas, que solo sirven para beneficio del que las controla, y cuya máxima es aquella de “al disidente el reglamento vigente”, suceden cosas tan irregulares, y posiblemente punibles, como las que están ocurriendo en las elecciones que se están llevando a cabo en la RFEV, en las que la Junta Electoral no resuelve los recursos que recibe

Esta forma de actuación, que arranca de la época de Pombo, aunque este intentaba justificarse con las normas, existentes, y que siguen estando vigentes, llenas de lagunas tan amplias con las que se podía hacer una cosa y lo contrario, aunque nunca llegó a tanto como lo que ahora está sucediendo con la Junta Electoral, a la que asesora el equipo Jurídico de la RFEV.

De muestra sobre lo de aquello de QUE al disidente el reglamento vigente, y aunque nada tiene que ver con la Vela, el nuevo presidente el Consejo de Transparencia, nombrado por el Gobierno acaba de sie3stituir a la hasta ahora Subdirectora de Reclamaciones y al Director en Funciones del Consejo de Transparencia durante los últimos años, ambos puntales en este organismo, a los que no les tembló el pulso a la hora de cuestionar, con argumentos, las maniobres opacas del Gobierno para esconder información a la ciudadanía y por haber intentado cumplir con la Ley de Transparencia y pregunta al Gobierno por una serie de cuestiones que eran incomodas; el Falcon, los miembros del comité de expertos, las vacaciones del Presidente…

Pero vamos al grano; en las elecciones que se están llevando a cabo en la RFEV nos encontramos que la Junta electoral, que tiene la obligación de resolver las cuestiones que se la plantean con relación al procedimiento electoral, resoluciones que tiene que publicar en la web de la federación además de remitírsela al interesado, lo que obliga la Orden ECE 2674/2015 de 18 de diciembre y el Reglamento Electoral, sin embargo resulta que hasta ahora no ha resuelto ninguna de los cuestiones ante ella planteadas. En las anteriores elecciones la Junta Electoral entre recursos, denuncias y reclamaciones realizó 31 resoluciones que publico en la web y se comunicó a los interesados.

Pues bien, como digo, hasta el momento en la web federativa no figura ninguna resolución de la Junta Electoral, lo que no deja de ser extraño, pero sobre todo preocupante, ya que cuando uno lee, por ejemplo, el acta nº 9, en ella se comprueba que la Junta Electoral ha recibido escritos de varias FFAA solicitando garantías para el voto por correo. Sin embargo no vemos ninguna resolución de la Junta sobre estos escritos.

En el acta nº 10 se habla de varias reclamaciones sobre la afiliación de un candidato; sin embargo no figura en la web federativa ninguna resolución sobre ellas; en el acta se recoge, sin ningún rubor, con un par, y alegría, una falsedad, como es la siguiente: “se procede a la rectificación de oficio del error material detectado” la cruda realidad es que en este asunto la Junta Electoral no actuó de oficio, sino que lo tuvo que hacer porque recibió un recurso a la inclusión de un determinado deportista en el censo. En este asunto lo único que hizo la Secretaria de la RFEV, que no la Junta Electoral, fue enviar un correo electrónico al recurrente, en el que sin ACOMPAÑAR NINGUNA XX resolución de la Junta Electoral, que era lo que tocaba, LE dice:

En relación al burofax adjunto recibido hoy en la sede de la RFEV y trasladado a la Junta Electoral, te enviamos rectificación del acta que acabamos de publicar para solventar el asunto de la confusión en el censo de deportistas xxxxx xxxx

Comentarte que en ningún momento xxxx xxx xxxxz ha dejado de estar en el listado de candidatos por dicha Federación y en la actualidad ya figura en el censo definitivo como constaba desde la elaboración del censo inicial.

Esperamos con esto ya quede solventado”.

Esto, ni al gran Gila se le hubiese ocurrido para contarlo en uno de sus geniales chistes; también sería un magnifico guion para Berlanga, ello si no fuese por la importancia que tiene, en la que la Junta Electoral, asesorada por los que figuran en el acta nº 1 de la misma, y que, como antes digo, cobran por ello, está haciendo dejación de funciones, incumpliendo la normativa legal prescrita por el CSD y por el propio reglamento para las elecciones de la RFEV, con lo que con esto mimbres la cesta lo que harán no puede ser más que un bodrio, siendo lo más esperpéntico en este oscuro asunto el que nadie diga nada sobre lo que está sucediendo en estas elecciones de la RFEV.

J.F.M.J.O.